En un gesto diplomático que genera fuerte tensión dentro de la disputa territorial entre la Argentina y Chile en el sur, el presidente chileno, Sebastián Piñera, “actualizó”, a través de dos decretos, los espacios de soberanía marítima en la Zona Austral, proyectando la plataforma continental a partir de las 200 millas náuticas desde las Islas Diego Ramírez. “La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina”, respondió la cancillería argentina con un comunicado este sábado, informó TN.
En agosto del 2020, el Gobierno de Alberto Fernández promulgó la ley relacionada con los Espacios Marítimos e Insulares, que define las coordenadas del límite exterior de la plataforma continental Argentina e insular más allá de las 200 millas. Según informó el Ejecutivo, el 11 de marzo de 2016 y 17 de marzo de 2017, la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), organismo creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), había aprobado las Recomendaciones sobre la presentación argentina del límite exterior de la plataforma continental realizada el 21 de abril de 2009.
Es decir, según el Gobierno argentino, la delimitación decretada por el Gobierno chileno incluye áreas marítimas fueron oficializadas como propias por parte de Argentina ante ONU.
“La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”, planteó la Cancillería argentina, a cargo de Felipe Solá, este sábado en un comunicado.
El comunicado de Cancillería
El Gobierno argentino tomó conocimiento de una medida del Gobierno de Chile publicada en el día de ayer y fechada el pasado 23 de agosto en el Diario Oficial de ese país, relativa a espacios marítimos.
Esta medida pretende proyectar la plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, lo cual claramente no condice con el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre ambos países en 1984.
El límite exterior de la plataforma continental argentina en esta zona se refleja en la Ley Nacional 27.557, aprobada el 4 de agosto de 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de ese mismo año. Dicha ley no hace sino recoger en una norma interna la presentación oportunamente efectuada por el Gobierno argentino sobre dicha zona ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC). Esa presentación se ajusta en todo al Tratado de Paz y Amistad y fue aprobada sin cuestionamientos por dicha Comisión con los efectos de establecer un límite marítimo definitivo y obligatorio de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Ni la presentación ni la decisión de la Comisión fueron objetadas por Chile.
La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Consecuentemente, la citada pretensión chilena no es aceptable para la República Argentina y plantea una situación que corresponderá resolver a través del diálogo en defensa de los derechos argentinos; de acuerdo a la histórica hermandad de nuestros pueblos y el derecho internacional.